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Legislación › Ley 25/1998, de 31 de diciembre, de Medidas Administrativas, Fiscales y de Adaptación al Euro.

Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de las comisiones de desembalse y de las juntas de obras y de explotación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1999 y la del 31 de marzo de 2017. Tachado: lo que se quitó (45 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de las comisiones de desembalse y de las juntas de obras y de explotación.
Mientras no entre en vigor el Estatuto de la Agencia Catalana del Agua, se mantiene vigente con rango reglamentario la regulación de las comisiones de desembalse, y de las juntas de obras y de explotación, establecidas en el Decreto legislativo 1/1988, de 28 de enero. (Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de marzo de 2017 En vigor BOE-A-2017-7353 Leer Qué cambió
1 de enero de 1999 Texto original Leer

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