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Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Artículo 103 vicies. Exenciones y bonificaciones.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2009 y la del 1 de enero de 2017. Tachado: lo que se quitó (20 palabras). Subrayado: lo que se añadió (199 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 103 vicies. Exenciones y bonificaciones. Exenciones.
Están Quedarán exentas del pago de esta tasa las la tasa:
a) Las
personas que se presenten a las pruebas en situación legal de desempleo, las personas con una discapacidad igual o superior al 33% 33 % y los miembros de familias numerosas, siempre que lo soliciten al centro prestador acrediten documentalmente, en el momento de la inscripción, que se encuentran en alguna de estas situaciones.
b) Las personas que hayan sido víctimas de actos terroristas, así como el cónyuge y los hijos, siempre que acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción. Esta condición se acreditará mediante la correspondiente resolución administrativa. En el caso
del servicio cónyuge y los hijos, también deberá presentarse el libro de familia.
c) Las víctimas de violencia de género, así como los hijos que dependan de ellas, siempre que
acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción. Esta condición se acreditará mediante cualquiera de los documentos previstos por la normativa vigente. En el caso de los hijos dependientes, también deberá presentarse el libro de familia.
d) En el caso de los miembros de unidades familiares que perciban la renta mínima de inserción, las personas sujetas a medidas privativas de libertad y los jóvenes tutelados y extutelados en vías de emancipación, la exención sólo será aplicable al pago de la tasa por la realización de pruebas de acceso a los ciclos formativos de formación profesional y siempre que acrediten documentalmente, en el momento de la inscripción, que se encuentran en alguna de estas situaciones.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2022 En vigor BOE-A-2022-807 Leer Qué cambió
1 de enero de 2020 BOE-A-2020-850 Leer Qué cambió
1 de enero de 2019 BOE-A-2019-996 Leer Qué cambió
1 de enero de 2017 BOE-A-2017-558 Leer Qué cambió
1 de enero de 2009 BOE-A-2009-1315 Leer

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