Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Artículo 103 octotricies. Cuantía.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2014 y la del 1 de enero de 2017.
Tachado: lo que se quitó (42 palabras). Subrayado: lo que se añadió (22 palabras).
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Artículo 103 octotricies. Cuantía.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas: cuantías:
a) Matrícula por cada asignatura Evaluación ordinaria final de los cursos oficiales incluidos en el Plan Bachillerato: 68,28 euros.
Segunda modalidad de reciclaje y evaluación final de formación lingüística y cultural: 75 €. Bachillerato: 23,90 euros.
b) Matrícula por cada asignatura de las pruebas libres incluidas Materia suelta en el Plan de reciclaje y la evaluación final de formación lingüística y cultural: 30 €. Bachillerato: 8,34 euros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2017 En vigor | BOE-A-2017-558 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2014 | BOE-A-2014-656 | Leer |


