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Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Artículo 103 quaterquadragies. Cuota tributaria.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2020 y la del 1 de septiembre de 2022. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (276 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 103 quaterquadragies. Cuota tributaria.
Los servicios educativos, complementarios y de refuerzo, la prestación de los cuales constituyen el hecho imponible, quedan gravados de la siguiente manera:
Concepto ·
Cuota ·
1. Tasas por servicios educativos ·
·
1.1 Matrícula. ·
105 €/año ·
1.2 Jornada de escolarización básica de 9.00 h a 13.00 h (niños de uno a tres años). ·
175 €/mes ·
1.3 Jornada de escolarización básica de 9.00 h a 13.00 h (lactantes). ·
180 €/mes ·
2. Tasas por servicios complementarios ·
·
2.1 Comedor (de 13.00 h a 14.00 h). ·
120 €/mes ·
6 €/día ·
2.2 Servicio de primera acogida (de 7.30 h a 7.59 h). ·
30 €/mes ·
1,50 €/día ·
2.3 Servicio de acogida (de 8.00 h a 8.45 h). ·
21 €/mes ·
1,05 €/día ·
2.4 Servicio de recogida de 13.15 h a 14.00 h (sin comedor). ·
21 €/mes ·
1,05 €/día ·
2.5 Servicio de recogida de 14.15 h a 15.00 h. ·
23 €/mes ·
1,15 €/día ·
2.6 Servicio de recogida de 15.15 h a 16.00 h. ·
46 €/mes ·
2,30 €/día ·
3. Tasas por servicios de refuerzo ·
·
3.1 Curso de masaje (6 sesiones). ·
3 €/sesión ·
3.2 Espacios familiares (10 sesiones semanales de 2 horas). ·
12 € ·
3.3 Taller de familias (6 sesiones mensuales de 2 horas). ·
12 € ·
Téngase encuenta que esta última actualización establecida por la disposición final 1.12 de la Ley 5/2021, de 28 de diciembre. BOE-A-2022-807, producirá efectos a partir del 1 de septiembre de 2022, según establece su disposición final 13.
Redacción anterior:
"Artículo 103 quaterquadragies. Cuota tributaria.
Los servicios educativos, complementarios y de refuerzo, la prestación de los cuales constituyen el hecho imponible, quedan gravados de la siguiente manera:
Concepto ·
Cuota ·
1. Tasas por servicios
educativos. ·
·
1.1 Matrícula. ·
105 €/año ·
1.2. Jornada de escolarización básica de 9.00 a 13.00 h (niños de 1 a 3 años). ·
175 €/mes ·
1.3. Jornada de escolarización básica de 9.00 a 13.00 h (lactantes). ·
180 €/mes ·
2. Tasas por servicios complementarios. ·
·
2.1. Comedor (horario de 13.00 a 14.00 h). ·
120 €/mes ·
6 €/día ·
2.2. Servicio de primera acogida de 7.30 a 7.59 h. ·
30 €/mes ·
1,50 €/día ·
2.3. Servicio de acogida de 8.00 a 8.45 h. ·
21 €/mes ·
1,05 €/día ·
2.4. Servicio de recogida de 13.15 a 14.00 h (sin comedor). ·
21 €/ mes ·
1,05 €/día ·
2.5. Servicio de recogida de 14.15 a 15.00 h. ·
23 €/mes ·
1,15 €/día ·
2.6. Servicio de recogida de 15.15 a 16.00 h. ·
46 €/mes ·
2,30 €/día ·
3. Tasas por servicios de refuerzo. ·
·
3.1. Curso de masaje (6 sesiones). ·
3 €/sesión ·
3.2. Espacios familiares (10 sesiones semanales de 2 horas). ·
12 € ·
3.3. Taller de familias (6 sesiones mensuales de 2 horas). ·
12 € " ·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de agosto de 2023 En vigor BOE-A-2023-24417 Leer Qué cambió
1 de enero de 2023 BOE-A-2023-2980 Leer Qué cambió
1 de septiembre de 2022 BOE-A-2022-807 Leer Qué cambió
1 de enero de 2020 BOE-A-2020-850 Leer

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