Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Artículo 3. Cuantía.
Artículo 3. Cuantía.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
| Conceptos | Pesetas |
|---|---|
| Si se trata de autorizaciones | 2.970 |
| Si se trata de concesiones o certificaciones registrales | 6.360 |
| Si la autorización o concesión requiere análisis de proyecto técnico | 14.840 |
| Si se trata de certificaciones | 5.350 |


