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Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Artículo 399. Cuantía.

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Artículo 399. Cuantía.
La cuota tributaria de estas tasas se tiene que determinar determinará de acuerdo con las siguientes tarifas:
Concepto ·
Euros ·
A. Inscripción en registros oficiales. ·
A.1 Inscripción en el Registro oficial de productores y operadores de medios de defensa fitosanitarios. ·
·
A.1.1 Inscripción. ·
39,64 ·
A.1.2 Renovación. ·
20,03 ·
A.1.3 Expedición de registro de transacciones con productos fitosanitarios de uso profesional. ·
20,03 ·
A.2 A.2. Inscripción en el Registro oficial de comerciantes e importadores de productos vegetales. ·
·
A.2.1 Inscripción. ·
40,17 ·
A.2.2 Renovación. ·
20,03 ·
A.3 Inscripción en el Registro de semillas y plantas de viveros. ·
·
A.3.1 Inscripción. ·
35,19 ·
A.3.2 Renovación. ·
20,03 ·
A.4 Inscripción en el Registro de maquinaria agrícola. ·
·
A.4.1 Maquinaria nueva. ·
35,19 ·
A.4.2 Transferencia. ·
38,22 ·
A.4.3 Duplicados, certificados y bajas temporales. ·
25,17 ·
B. Inspección facultativa. ·
B.1 Emisión de informes y expedición de certificados. ·
·
B.1.1 Sin visita a la explotación. ·
25,17 ·
B.2.2 Con visita a la explotación. ·
60,32 ·
B.2 Seguimiento de ensayos oficiales. ·
462,45 ·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de diciembre de 2024 En vigor BOE-A-2025-720 Leer Qué cambió
29 de mayo de 2024 BOE-A-2024-16940 Leer Qué cambió
1 de enero de 2024 BOE-A-2024-1569 Leer Qué cambió
1 de enero de 2017 BOE-A-2017-558 Leer Qué cambió
25 de diciembre de 1998 Texto original Leer

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