LexTotal

Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Artículo 388 sexquinquagies. Cuantía.

Artículo 388 sexquinquagies. Cuantía.

La cuantía de la tasa será de 94,13 euros por solicitud de homologación.

Se añade por la disposición final 1.35 de la Ley 13/2014, de 29 de diciembre. BOE-A-2015-1059

← Artículo 388 quinquinquagies Índice Artículo 388 septquinquagies →