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Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Artículo 388 tersexagies. Hecho imponible.

Artículo 388 tersexagies. Hecho imponible.

Constituyen el hecho imponible de esta tasa las actuaciones administrativas que se realizan para resolver las solicitudes de acreditación de actividades de formación continuada de las profesiones sanitarias en las Illes Balears.

Se añade por la disposición final 1.12 de la Ley 12/2015, de 29 de diciembre. BOE-A-2016-824

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