Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Artículo 383. Cuantía.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2010 y la del 11 de diciembre de 2020.
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Artículo 383. Cuantía.
La cuota tributaria de esta tasa se determinará según las tarifas siguientes:
1. Emisión de informes que supongan estudio o examen de proyectos o expedientes: 40,00 euros
2. Certificados, visados y compulsas de documentos: 20,00 euros
3. Hojas de reclamaciones por el establecimiento de servicios: 8,00 euros (Sin contenido).
4. Declaración de interés sanitario: 38,21 euros
5. Reconocimiento de títulos de formaciones profesionales sanitarias a ciudadanos de la Unión Europea o de los países firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Único Europeo: 38,21 euros
6. Emisión de informes que supongan el estudio o el examen de proyectos o de expedientes con visita de inspección: 93 euros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de diciembre de 2020 En vigor | BOE-A-2021-906 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2010 | BOE-A-2010-1401 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2005 | BOE-A-2005-953 | Leer | Qué cambió |
| 25 de diciembre de 1998 | Texto original | Leer |


