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Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

CAPÍTULO XXX

Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de diciembre de 1998 y la del 1 de enero de 2003. Tachado: lo que se quitó (12 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

CAPÍTULO XXX
Tasas del servicio de puertos. Prestación de servicios portuarios. Tasa de entrada y estancia de barcos (tarifa G-1/15.4.01) G-1: Barcos

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2003 En vigor BOE-A-2003-1270 Leer Qué cambió
25 de diciembre de 1998 Texto original Leer

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