Legislación › Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar.
ANEXO VII
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de mayo de 2016 y la del 23 de diciembre de 2021.
Tachado: lo que se quitó (807 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras).
Volver al texto en vigor
ANEXO VII
Documento de control del contenido del botiquín de antídotos (*) y certificado de revisión Modelos de
A) CONTROL DEL CONTENIDO DEL BOTIQUÍN DE ANTÍDOTOS
NOMBRE DEL BUQUE:
MATRICULA:
NIB:
NOMBRE DEL PROPIETARIO O EMPRESA ARMADORA:
PUERTO BASE:
NOMBRE Y APELLIDOS DEL RESPONSABLE SANITARIO BORDO(RSB):
DNI/NIE/PASAPORTE DEL RSB:
FECHA DEL CONTROL:
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ANTIDOTOS GENERALES ·
Código ATC ·
Principio Activo ·
Presentación ·
Cantidad Exigida ·
Cantidad a Bordo ·
Caducidad ·
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OBSERVACIONES DE RESPONSABLE DE LA REVISIÓN (ISM) ·
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OBSERVACIONES DE RESPONSABLE DE LA REVISIÓN (ISM) ·
Firma del RSB ·
Firma y sello del responsable de la revisión ·
(*) Este documento puede obtenerse en formato electrónico, previa descarga, en la dirección de internet http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Trabajadoresdelmar/SanidadMaritima/MedicinaPreventiva/index.htm#35307 o en formato de etiqueta adhesiva que será facilitada gratuitamente en los Centros de Sanidad Marítima del Instituto Social de la Marina.
B) CERTIFICADO DE REVISIÓN DE BOTIQUÍN DE ANTÍDOTOS
(Anverso)
CERTIFICADO DE REVISIÓN DE BOTIQUÍN DE ANTÍDOTOS
(Certificate of inspection for antidotes first aid kit)
El botiquín del buque……………………………………………………matrícula…………………………………. ha sido revisado en la localidad de ………........................………….................................el día …… de ………………. de …………., habiendo sido declarado (1)……………………………………(The first aid kit of the vessel (name) registration no, was inspected in (place) on (date) and is declared to have (1)…. the inspection).
Esta revisión se ha efectuado con la presencia del responsable sanitario a bordo del buque D……………………………………………….……………………….. (This inspection was made in the presence of the person responsible for health care on board the vessel,(name))
La vigencia de esta revisión caduca el día …….. de ………………….. de ………..
(This inspection certificate expires on)
Firma y sello del responsable de la revisión.
(Signature and rubber stamp of the person responsible for the inspection).
Firma y puesto a bordo del responsable sanitario del buque
(Signature of and posting on board by the person responsible for health care on the vessel).)
(1)Indíquese VÁLIDO, NO VÁLIDO (Indicate PASSED or FAILED).
(2) Indíquese SI, NO (Indicate HOLDS or DOES NOT HOLD)
(Reverso)
NORMATIVA REGULADORA
(GOVERNING REGULATIONS)
La revisión de los botiquines a bordo se efectúa de conformidad a lo dispuesto en el Convenio n.º 164 de la OIT, sobre la Protección de la Salud y la Asistencia Médica de la gente del Mar y en el RD 258/1999, de 12 de febrero, transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 92/29/CEE del Consejo de Estado, de 31 de marzo, relativa a las disposiciones mínimasseguridad armarios y salud contenedores para promover una mejor asistencia médica a bordo de los buques. (On- board first aid kid inspections are carried out in accordance with the terms of ILO Convention no. 164 concerning Health Protection and Medical Care for Seafarers and Royal Decree 258/1999 of 12 February, which incorporates into Spanish law European Council Directive 92/29/CEE of 31 March on the minimum safety and health requirements for improved medical treatment on board vessels). el
RECURSOS
En caso de disconformidad conresultado de la revisión del botiquín a bordo, podrá formularse recurso de alzada en el plazo de un mes, ante la Dirección Provincial del Instituto Social de la Marina, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La resolución expresa, o desestimación por silencio administrativo trascurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso, pone fin a la vía administrativa, pudiendo recurrirse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos o seis meses, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. bordo
PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa de que los datos de la revisión del botiquín van a ser incorporados al fichero «FARMAR», para la gestión y control de los mismos, cuya titularidad es del Instituto Social de la Marina. Asimismo se informa que podrá ejercerse el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante escrito dirigido a la Secretaria General del Instituto Social de la Marina y/o Direcciones Provinciales del ISM.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de diciembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-21104 | Leer | Qué cambió |
| 5 de mayo de 2016 | BOE-A-2015-11931 | Leer | Qué cambió |
| 13 de noviembre de 2011 | BOE-A-2011-8342 | Leer | Qué cambió |
| 11 de septiembre de 2009 | BOE-A-2009-4091 | Leer | Qué cambió |
| 16 de marzo de 1999 | Texto original | Leer |


