Legislación › Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar.
Disposición final única. Facultades de aplicación y desarrollo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de marzo de 1999 y la del 23 de diciembre de 2021.
Tachado: lo que se quitó (14 palabras). Subrayado: lo que se añadió (27 palabras).
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Disposición final única. Facultades de aplicación y desarrollo.
Se faculta a las personas titulares de los Ministros Ministerios de Trabajo Inclusión, Seguridad Social y Asuntos Sociales, Migraciones, de Fomento, Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de Educación y Cultura, Formación Profesional, de Trabajo y Economía Social, de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo, Sanidad, cada uno una en el ámbito de sus respectivas competencias, para dictar las normas de aplicación y desarrollo del presente Real Decreto, de este real decreto, incluidas las relativas a las materias económica y de personal.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de diciembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-21104 | Leer | Qué cambió |
| 16 de marzo de 1999 | Texto original | Leer |


