LexTotal

Legislación › Ley 3/1998, de 1 de julio, de Cajas de Ahorros de la Región de Murcia.

Artículo 10. Modificaciones de Estatutos y Reglamentos.

Artículo 10. Modificaciones de Estatutos y Reglamentos.

Corresponde a la Consejería de Economía y Hacienda la aprobación de las modificaciones de los Estatutos y Reglamentos de las Cajas de Ahorros domiciliadas en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, acordadas por la Asamblea General.

← Artículo 9 Índice Artículo 11 →