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Legislación › Ley 6/1998, de 30 de noviembre, de Consejos Escolares de la Región de Murcia.

Disposición adicional cuarta.

Disposición adicional cuarta.

Los Consejos Escolares deberán elaborar su reglamento de organización y funcionamiento en un plazo máximo de seis meses a partir de su constitución.

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