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Legislación › Ley 1/1999, de 18 de febrero, de Declaración de Parque Natural de Collados del Asón.

Artículo 8. Administración del Parque.

Artículo 8. Administración del Parque.

1. La administración y desarrollo de actividades en el Parque será competencia del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de las Consejerías que lo constituyen.

2. El Gobierno de Cantabria establecerá los mecanismos de coordinación o realizará los convenios necesarios con la Diputación Provincial de Burgos y la Junta de Castilla y León para garantizar la continuidad y protección del entorno del Parque dentro de su territorio.

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