Legislación › Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.
Artículo 103. Ciclo vital de los documentos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de diciembre de 1998 y la del 29 de julio de 2002.
Tachado: lo que se quitó (14 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 103. Ciclo vital de los documentos.
Podrá realizarse espurgo de documentos mediante el procedimiento que determine la Comisión Técnica competente. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de julio de 2002 En vigor | BOE-A-2002-14840 | Leer | Qué cambió |
| 22 de diciembre de 1998 | Texto original | Leer |


