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Legislación › Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.

Artículo 29. Resolución del procedimiento.

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Artículo 29. Contenido Resolución del expediente de catalogación. procedimiento.
En el expediente 1. Corresponde al titular de catalogación la Consejería competente en materia de un bien como Patrimonio Cultural, a propuesta del titular de Interés Local, ha la Dirección General, acordar la declaración de constar: Bien Cultural de Interés Local.
a) Descripción clara 2. La resolución de declaración describirá con claridad, precisión y exhaustiva del exhaustividad el bien objeto de catalogación que facilite su correcta identificación y, en catalogación, incluyéndolo dentro de una de las clases y tipologías de bienes muebles, inmuebles o inmateriales. En el caso de los inmuebles, describirá su delimitación geográfica, el entorno afectado, las partes integrantes, pertenencias, accesorios y bienes muebles que, y documentales que por su vinculación con el inmueble, pasarán también a ser considerados a todos los efectos de Interés Local.
b) Análisis del estado
hayan de conservación del bien ser objeto de que se trate, que incluya alguna directriz para futuras intervenciones y actuaciones incorporación en dicho bien.
c) Delimitación con precisión del entorno de protección, así como
la declaración. Se incluirá igualmente el régimen urbanístico de protección, tanto protección del bien en sí mismo como y del entorno afectado.
3. La resolución del procedimiento deberá ser dictada y notificada en el plazo máximo de doce meses, contados a partir de la fecha del acuerdo de inicio. Transcurrido dicho plazo, se producirá la caducidad del procedimiento.
No podrá iniciarse nuevo procedimiento respecto del mismo bien salvo que tres de los órganos asesores previstos en esta Ley lo soliciten o lo haga el propietario o propietarios del bien. Esta previsión no será aplicable a los supuestos de terminación del procedimiento por caducidad.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-504 Leer Qué cambió
22 de diciembre de 1998 Texto original Leer

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