Legislación › Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.
Artículo 31. Inscripciones en el Registro de la Propiedad.
Artículo 31. Inscripciones en el Registro de la Propiedad.
Cuando se trate de monumentos y jardines o sitios históricos, la Consejería de Cultura y Deporte instará de oficio la inscripción gratuita de la declaración de Bien de Interés Local en el Registro de la Propiedad.


