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Legislación › Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.

Disposición final tercera. Cláusula de género.

Disposición final tercera. Cláusula de género.

Todas las referencias contenidas en la Ley de Patrimonio Cultural expresadas en masculino gramatical, cuando se refieran a personas físicas deben entenderse referidas indistintamente a mujeres y hombres y a sus correspondientes adjetivaciones femeninas o masculinas.

Se añade por el art. 15.50 de la Ley 5/2019, de 23 de diciembre. BOE-A-2020-504

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