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Legislación › Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de Cooperativas de Galicia.

Artículo 97. Características y competencia.

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Artículo 97. Características, organización Características y competencia.
1. El Registro de Cooperativas de Galicia es un Registro registro jurídico dependiente de la Xunta Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, adscrito a la Consellería consejería competente en materia de trabajo, estructurado en el Registro Central y en el correspondiente Registro Provincial. empleo.
2. El Registro de Cooperativas de Galicia es público.
3. Se presume que el contenido de los libros del registro es exacto y válido, y conocido de todos, no pudiendo alegarse su ignorancia.
4. El Registro Central de Cooperativas es competente respecto a:
a) Las cooperativas con ámbito superior a una provincia.
b) Las cooperativas de crédito y seguros.
c) Las cooperativas de segundo grado.
d) Las asociaciones de cooperativas.
5. Los Registros Provinciales de Cooperativas serán competentes respecto a las restantes clases de cooperativas cuyo ámbito no sea superior al de la respectiva provincia.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de octubre de 2017 En vigor BOE-A-2017-12949 Leer Qué cambió
28 de febrero de 1999 Texto original Leer

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