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Legislación › Real Decreto 483/1999, de 18 de marzo, por el que se crean los centros docentes de formación de la Guardia Civil.

Disposición final primera. Facultades de desarrollo.

Disposición final primera. Facultades de desarrollo.

Se faculta a los Ministros de Defensa y del Interior para que conjunta o separadamente, dentro del ámbito de sus competencias, adopten las medidas que sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Real Decreto sin que, en ningún caso, pueda suponer aumento del gasto público.

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