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Legislación › Real Decreto 483/1999, de 18 de marzo, por el que se crean los centros docentes de formación de la Guardia Civil.

Disposición transitoria única. Adaptación orgánica.

Disposición transitoria única. Adaptación orgánica.

Las academias suprimidas en la disposición adicional segunda del presente Real Decreto continuarán desarrollando sus cometidos, en la medida necesaria, hasta que los centros docentes ahora creados asuman en su totalidad las funciones que se les asignen.

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