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Legislación › Ley 3/1999, de 11 de enero, por la que se crea el Parque Nacional de Sierra Nevada.

Artículo 1. Objeto.

Artículo 1. Objeto.

1. Se declara el Parque Nacional de Sierra Nevada, considerándose su conservación de interés general de la Nación, y se integra en la Red de Parques Nacionales de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, modificada por la Ley 41/1997, de 5 de noviembre.

2. La declaración de Sierra Nevada como Parque Nacional tiene por objeto:

a) Proteger la integridad de sus ecosistemas, que constituyen una extraordinaria representación de los sistemas mediterráneos de montaña y alta montaña.

b) Asegurar la conservación y la recuperación, en su caso, de los hábitats y las especies.

c) Contribuir a la protección, el fomento y la difusión de sus valores culturales.

d) Promover el desarrollo sostenible de las poblaciones cuyo territorio esté, en todo o en parte, dentro del Parque Nacional.

e) Aportar al patrimonio común una muestra representativa de los ecosistemas de alta montaña mediterránea, incorporando el Parque Nacional de Sierra Nevada a los programas nacionales e internacionales de conservación de la biodiversidad.

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