Legislación › Real Decreto 571/1999, de 9 de abril, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria que fija las normas aplicables a la producción y comercialización de moluscos bivalvos vivos.
Disposición transitoria única. Norma transitoria.
Disposición transitoria única. Norma transitoria.
Hasta que, de acuerdo con lo previsto en el último párrafo del punto 6 del capítulo II del anexo de la presente Reglamentación, sea establecido por la Comisión Europea el modelo normalizado de documento de registro, se podrán utilizar los modelos establecidos en aplicación del apartado B del anexo III del Real Decreto 345/1993, de 5 de marzo, siempre y cuando contengan la información establecida en el segundo párrafo del punto 6 del capítulo II del anexo de la presente Reglamentación.
← Disposición adicional segunda Índice Disposición derogatoria única →


