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Legislación › Ley 4/1999, de 25 de marzo, de Ordenación Farmacéutica para Aragón.

Artículo 50. Tipificación y calificación.

Artículo 50. Tipificación y calificación.

Las infracciones se clasifican como leves, graves y muy graves, atendiendo a los criterios de riesgo para la salud, cuantía del beneficio ilícitamente obtenido, grado de intencionalidad, grado de incidencia en la sociedad de la alteración producida y reincidencia en la comisión de la infracción.

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