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Circular 1/1999, de 26 de marzo, de la Intervención General de la Administración del Estado, de control financiero.

En vigor Ministerio de Economía y Hacienda · Publicada el 24 de abril de 1999 · Último cambio el 10 de agosto de 2015 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. 1. Ámbito de aplicación
  4. 2. Objeto del control financiero
  5. 3. Finalidad
  6. 4. Normativa aplicable
  7. 5. Órganos competentes
  8. 6. Plan de Auditorías y de Actuaciones de Control Financiero
  9. 7. Modificación del Plan de Auditorías y de Actuaciones
  10. 8. Seguimiento del Plan de Auditorías y de Actuaciones
  11. 9. Inicio de los controles
  12. 10. Desarrollo del trabajo
  13. 11. Hechos relevantes a efectos de medidas correctoras de gestión
  14. 12. Seguimiento de las medidas propuestas
  15. 13. Informes provisionales y definitivos
  16. 14. Informe de actuación
  17. 15. Informes especiales
  18. 16. Control financiero permanente
  19. 17. Auditoría de las cuentas de los organismos y entes públicos
  20. 18. Gestión del sistema tributario, aduanero y de los recursos de otras Administraciones o entes públicos
  21. 19. Programas presupuestarios y planes de actuación Desarrollo del control: Este control será de aplicación a los programas presupuestarios y a los objetivos contenidos en los planes de actuación a los que sea de aplicación el sistema de seguimiento previsto en la Orden de 14 de julio de 1992 y aquellos otros que se incluyan.
  22. 20. Control financiero de las subvenciones y ayudas públicas El Plan de auditorías y actuaciones de control financiero indicará los controles financieros a efectuar por líneas de subvenciones y el órgano, Oficina Nacional de Auditoría o Interventor delegado actuante competente para su realización.
  23. 21. Control financiero de las subvenciones y ayudas comunitarias Se aplicará el régimen general establecido en la instrucción anterior. No obstante, dadas las características de este tipo de control, a fin de conseguir una mayor coordinación y uniformidad, es preciso establecer de forma específica las siguientes reglas:
  24. Disposición adicional.
  25. Disposición transitoria.
  26. Disposición derogatoria.
  27. Firma