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Legislación › Ley 5/1999, de 13 de abril, reguladora del Juego y Apuestas.

Artículo 1. Objeto de la Ley.

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Artículo 1. Objeto de la Ley.
1. La presente Ley tiene por objeto la regulación, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja, de todas las actividades relativas a casinos, juegos y apuestas, conforme a lo dispuesto en el punto 10 del apartado uno del artículo octavo del Estatuto de Autonomía de La Rioja.
Asimismo, tiene por objeto la presente Ley la prevención de posibles repercusiones en los usuarios, sus familias y la sociedad por el uso abusivo del juego.
2. Quedan excluidos del ámbito de la presente Ley los juegos y competiciones de puro pasatiempo o recreo constitutivos de usos sociales de carácter tradicional, familiar o amistoso, siempre que los jugadores o personas ajenas a éstos no hagan de ellos objeto de explotación lucrativa. (Suprimido).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2000 En vigor BOE-A-2000-24375 Leer Qué cambió
18 de abril de 1999 Texto original Leer

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