Legislación › Real Decreto 607/1999, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas.
Disposición adicional única. Régimen jurídico.
Disposición adicional única. Régimen jurídico.
El seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria, se regirá, además de por las disposiciones de este Reglamento:
a) Por las disposiciones de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
b) Por lo preceptuado en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.


