Legislación › Real Decreto 664/1999, de 23 de abril, sobre inversiones exteriores.
Artículo 12. Cambio de domicilio social y traslado de residencia.
Artículo 12. Cambio de domicilio social y traslado de residencia.
El cambio de domicilio social de personas jurídicas o el traslado de residencia de personas físicas determinarán el cambio en la calificación de una inversión como española en el exterior o extranjera en España. El procedimiento de declaración de las inversiones derivadas del cambio de domicilio o residencia se establecerá en las normas de desarrollo del presente Real Decreto.


