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Legislación › Real Decreto 664/1999, de 23 de abril, sobre inversiones exteriores.

Artículo 12. Cambio de domicilio social y traslado de residencia.

Artículo 12. Cambio de domicilio social y traslado de residencia.

El cambio de domicilio social de personas jurídicas o el traslado de residencia de personas físicas determinarán el cambio en la calificación de una inversión como española en el exterior o extranjera en España. El procedimiento de declaración de las inversiones derivadas del cambio de domicilio o residencia se establecerá en las normas de desarrollo del presente Real Decreto.

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