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Legislación › Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorros de Andalucía.

Artículo 101. Presupuesto y memoria.

Artículo 101. Presupuesto y memoria.

1. El Consejo General aprobará en el cuarto trimestre del año el presupuesto de la Federación y el plan de actuación para el ejercicio siguiente.

2. Los Estatutos de la Federación deberán contemplar las fuentes de financiación del presupuesto y el criterio para el cálculo de la cuota federal a satisfacer por cada una de las entidades miembros.

3. La memoria de gestión y la liquidación del presupuesto anterior se aprobarán, en su caso, en la primera sesión ordinaria del año que celebre el Consejo General.

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