Legislación › Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorros de Andalucía.
Artículo 66. Asamblea General extraordinaria.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de diciembre de 1999 y la del 29 de abril de 2011.
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Artículo 66. Asamblea General extraordinaria.
1. El Consejo de Administración podrá convocar reunión extraordinaria de la Asamblea General siempre que lo estime conveniente. Deberá, asimismo, convocarla a instancia de al menos un tercio de los Consejeros generales Generales de que se componga la Asamblea General, y a petición de la Comisión de Control, en el supuesto previsto en el artículo 83.1.e) 83.1.c) de esta Ley.
La convocatoria se comunicará a las personas con derecho de asistencia y se publicará en los medios previstos en el artículo 65.2 de esta Ley.
2. Cuando sea convocada a iniciativa del Consejo de Administración, deberán mediar al menos quince días entre la última publicación de la convocatoria y la celebración de la Asamblea.
Cuando sea convocada a petición de la Comisión de Control o de los miembros de la Asamblea, la convocatoria se hará dentro del plazo de quince días desde la presentación de la petición.
No podrán mediar más de veinte días entre la última publicación de la convocatoria y la fecha señalada para la celebración de la Asamblea, que no podrá tener lugar antes de quince días, contados desde la fecha de aquella publicación.
3. En el caso de que no fuese adoptado el acuerdo de convocatoria, los solicitantes, en el plazo de siete días a partir de la fecha en que debería haberse adoptado dicho acuerdo por el Consejo, podrán dirigirse a la Consejería de Economía y Hacienda, quien la convocará, en caso de cumplirse los requisitos para ello, sin perjuicio del posible inicio del procedimiento sancionador a que hubiere lugar.
4. En las sesiones extraordinarias, los Consejeros generales Generales así como los cuotapartícipes con derecho de asistencia a la Asamblea General o sus representantes deberán tener a su disposición, con al menos diez días de antelación, los documentos relativos a los asuntos incluidos en el orden del día de la reunión convocada.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de noviembre de 2011 En vigor | BOE-A-2011-18162 | Leer | Qué cambió |
| 29 de abril de 2011 | BOE-A-2011-90006 | Leer | Qué cambió |
| 29 de diciembre de 1999 | Texto original | Leer |


