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Legislación › Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorros de Andalucía.

Artículo 76. Comisión Ejecutiva.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de octubre de 2009 y la del 29 de abril de 2011. Tachado: lo que se quitó (181 palabras). Subrayado: lo que se añadió (68 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 76. Comisión Ejecutiva.
1. En el seno del Consejo podrá constituirse una Comisión Ejecutiva con las funciones que el Consejo le delegue.
Estará integrada por diez miembros, incluidos el Presidente y el Secretario, con la siguiente distribución: Secretario.
- Dos La determinación del grupo número de las Corporaciones Municipales.
- Dos del grupo
miembros correspondientes a cada uno de los impositores.
- Dos del grupo
grupos de representación se realizará mediante la Junta de Andalucía.
- Uno
aplicación del grupo porcentaje de las personas participación asignado a cada uno de ellos en el artículo 57, apartados 2 o entidades fundadoras.
- Dos del grupo del personal.
- Uno
3, según corresponda, teniendo en cuenta las reglas del grupo artículo 45 de otras organizaciones. esta Ley. En todo caso, a cada uno de los grupos corresponderá, al menos, un representante en la Comisión Ejecutiva.
2. En las Cajas de Ahorros resultantes de un proceso de fusión con creación de nueva entidad la Comisión Ejecutiva podrá tener una composición distinta de la establecida en el párrafo apartado anterior. En tal caso, dicho órgano tendrá 12 miembros y estará integrado por los mismos grupos que el Consejo de Administración, Administración en la proporción que se indica a continuación:
a) Las Corporaciones Municipales
establecida en cuyo término tenga oficina abierta la Caja de Ahorros: 20 por ciento.
b) Los impositores de la Caja de Ahorros: 25 por ciento.
c) La Junta de Andalucía: 15 por ciento.
d) Las personas o entidades fundadoras de la Caja de Ahorros: 17 por ciento.
e) Los empleados de la Caja de Ahorros: 15 por ciento.
f) Otras organizaciones: 8 por ciento.
Si como consecuencia de la aplicación de los porcentajes de representación anteriores se superara
el límite máximo de los derechos de votos a que se refiere el artículo 45.1 57.2 de esta ley, se reducirá el porcentaje de representación del grupo personas o entidades fundadoras en lo que exceda de dicho límite, que pasará a incrementar el porcentaje de representación correspondiente a los impositores de la Caja de Ahorros. Ley.
2. 3. Será Presidente de la Comisión Ejecutiva el Presidente del Consejo de Administración y actuará de Secretario el que lo sea del Consejo.
3. 4. El Director General asistirá a sus sesiones con voz pero sin voto.
4. 5. El funcionamiento de la Comisión Ejecutiva se regirá por las disposiciones referentes al Consejo de Administración en lo que le resulte de aplicación.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de noviembre de 2011 En vigor BOE-A-2011-18162 Leer Qué cambió
29 de abril de 2011 BOE-A-2011-90006 Leer Qué cambió
24 de octubre de 2009 BOE-A-2009-90031 Leer Qué cambió
24 de diciembre de 2002 BOE-A-2003-992 Leer Qué cambió
29 de diciembre de 1999 Texto original Leer

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