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Legislación › Real Decreto-ley 4/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Liberalización en el Sector Inmobiliario y Transportes.

Disposición transitoria.

Disposición transitoria.

Las concesiones de líneas regulares de transporte de viajeros por carretera que, a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, no hayan agotado su plazo de vigencia subsistirán hasta la finalización del plazo inicialmente concedido y el de las prórrogas que hubieran sido legalmente otorgadas.

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