Legislación › Ley 2/2000, de 3 de julio, del Deporte.
Artículo 16. Entidades deportivas de Cantabria.
Artículo 16. Entidades deportivas de Cantabria.
A los efectos de la presente Ley, son entidades deportivas de Cantabria las federaciones deportivas, los clubes deportivos, y las escuelas deportivas que tengan su domicilio social en el territorio de Cantabria.


