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Legislación › Ley 2/2000, de 3 de julio, del Deporte.

Artículo 16. Entidades deportivas de Cantabria.

Artículo 16. Entidades deportivas de Cantabria.

A los efectos de la presente Ley, son entidades deportivas de Cantabria las federaciones deportivas, los clubes deportivos, y las escuelas deportivas que tengan su domicilio social en el territorio de Cantabria.

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