Legislación › Ley 2/2000, de 3 de julio, del Deporte.
Artículo 24. Elecciones federativas.
Artículo 24. Elecciones federativas.
Las federaciones deportivas cántabras desarrollarán los procesos electorales para la elección de sus órganos de gobierno y representación de acuerdo con sus respectivos reglamentos electorales que, obligatoriamente, habrán de ajustarse a lo dispuesto en la normativa que a tal efecto establezca la Administración autonómica.


