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Legislación › Ley 2/2000, de 28 de junio, del Juego de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 44. Supuestos de exclusión de responsabilidad.

Artículo 44. Supuestos de exclusión de responsabilidad.

No darán lugar a responsabilidad por infracción en materia de juego las acciones u omisiones tipificadas como tales en esta Ley, en los siguientes supuestos:

a) Cuando se realicen por quienes carezcan de capacidad de obrar.

b) Cuando concurra fuerza mayor.

c) Cuando deriven de una decisión colectiva, para quienes hubieran salvado su voto o no hubieran asistido a la reunión en que se adoptó la misma.

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