Legislación › Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Artículo 40. Cuantía de las sanciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de diciembre de 2006 y la del 8 de abril de 2007.
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Artículo 40. Cuantía de las sanciones.
1. Las infracciones en materia de relaciones laborales y empleo, en materia de Seguridad Social, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 siguiente, en materia de movimientos migratorios y trabajo de extranjeros, así como las infracciones por obstrucción se sancionarán:
a) Las leves, en su grado mínimo, con multa multas de 30,05 60 a 60,10 euros ; 125 euros; en su grado medio, de 60,11 126 a 150,25 310 euros; y en su grado máximo, de 150,26 311 a 300,51 625 euros.
b) Las graves con multa, en su grado mínimo mínimo, de 300,52 626 a 601,01 euros ; 1.250 euros, en su grado medio, medio de 601,02 1.251 a 1.502,53 3.125 euros; y en su grado máximo, máximo de 1.502,54 3.126 a 3.005,06 6.250 euros.
c) Las muy graves con multa, en su grado mínimo mínimo, de 3.005,07 6.251 a 12.020,24 euros ; 25.000 euros; en su grado medio de 12.020,25 25.001 a 48.080,97 euros ; 100.005 euros; y en su grado máximo, máximo de 48.080,98 100.006 euros a 90.151,82 187.515 euros.
2. Las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales se sancionarán:
a) Las leves, en su grado mínimo, con multa de 30,05 40 a 300,51 euros ; 405 euros; en su grado medio medio, de 300,52 406 a 601,01 euros ; 815 euros; y en su grado máximo, de 601,02 816 a 1.502,53 2.045 euros.
b) Las graves, graves con multa, en su grado mínimo mínimo, de 1.502,54 2.046 a 6.010,12 euros ; 8.195 euros; en su grado medio, de 6.010,13 8.196 a 15.025,30 euros ; 20.490 euros; y en su grado máximo, de 15.025,31 20.491 a 30.050,61 40.985 euros.
c) Las muy graves con multa, en su grado mínimo, de 30.050,62 40.986 a 120.202,42 euros ; 163.955 euros; en su grado medio medio, de 120.202,43 163.956 a 300.506,05 euros ; 409.890 euros; y en su grado máximo máximo, de 300.506,06 409.891 a 601.012,10 819.780 euros.
Las sanciones impuestas por infracciones muy graves, una vez firmes, se harán públicas en la forma que se determine reglamentariamente.
Las infracciones, por faltas graves y muy graves de las entidades especializadas que actúen como servicios de prevención ajenos a las empresas, de las personas o entidades que desarrollen la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas y de las entidades acreditadas para desarrollar o certificar la formación en materia de prevención de riesgos laborales, podrán dar lugar, además de a las multas previstas en este artículo, a la cancelación de la acreditación otorgada por la autoridad laboral.
3. Las sanciones en materia de Seguridad Social cuando se deriven de actas de infracción y liquidación que se refieran a los mismos hechos y se practiquen simultáneamente, se reducirán automáticamente al 50 por 100 de su cuantía si el sujeto infractor manifiesta su conformidad con la liquidación practicada, ingresando su importe en el plazo procedente.
4. Las infracciones en materia de cooperativas se sancionarán:
a) Las leves, con multa de 300,51 375 a 601,01 755 euros.
b) Las graves, con multa de 601,02 756 a 3.005,06 3.790 euros.
c) Las muy graves, con multa de 3.005,07 3.791 a 30.050,61 euros, o con la descalificación. 37.920 euros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-21788 | Leer | Qué cambió |
| 1 de octubre de 2021 | BOE-A-2021-11472 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2019 | BOE-A-2018-17992 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2018 | BOE-A-2017-12207 | Leer | Qué cambió |
| 11 de septiembre de 2015 | BOE-A-2015-9734 | Leer | Qué cambió |
| 24 de marzo de 2015 | BOE-A-2015-3031 | Leer | Qué cambió |
| 28 de diciembre de 2012 | BOE-A-2012-15596 | Leer | Qué cambió |
| 8 de julio de 2012 | BOE-A-2012-9110 | Leer | Qué cambió |
| 1 de agosto de 2011 | BOE-A-2011-7972 | Leer | Qué cambió |
| 13 de enero de 2009 | BOE-A-2008-20744 | Leer | Qué cambió |
| 8 de abril de 2007 | BOE-A-2007-5742 | Leer | Qué cambió |
| 16 de diciembre de 2006 | BOE-A-2006-21991 | Leer | Qué cambió |
| 19 de noviembre de 2001 | BOE-A-2001-20264 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2001 | Texto original | Leer |


