LexTotal

Legislación › Ley 8/2000, de 11 de julio, de Declaración del Parque Natural de Las Batuecas-Sierra de Francia (Salamanca).

ANEXO I

Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de julio de 2000 y la del 27 de diciembre de 2008. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (34 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO I
Partiendo del pueblo de El Cabaco y definiendo los límites en sentido contrario a las agujas del reloj, la descripción deja el Parque Natural propuesto siempre a la izquierda:
Desde El Cabaco el límite sigue por la carretera comarcal 515, en sentido hacia El Maíllo, continuando por la carretera que conduce hacia Monsagro, hasta la intersección con la línea del término municipal (en adelante T. M.) que separa el T. M. de Monsagro con el T. M. de Serradilla del Arroyo. Continúa por esta línea de término municipal y sigue por la que separa el T. M. de Monsagro con el T. M. de Serradilla del Llano hasta su intersección con el límite provincial entre Salamanca y Cáceres.
Continúa por este límite provincial hasta la intersección con la línea de término municipal que separa el T. M. de Lagunilla del T. M. de Sotoserrano, continúa por esta línea de término municipal y sigue por la que separa el T. M. de Valdelageve con el T. M. de Sotoserrano, y por la que separa el T. M. de Sotoserrano con el T. M. de Colmenar de Montemayor hasta el río Cuerpo de Hombre, continuando por éste —incluyendo las zonas de servidumbre de ambas márgenes— hasta su desembocadura en el río Alagón, a continuación desciende por éste —incluyendo asimismo las zonas de servidumbre de ambas márgenes— hasta el límite entre los términos municipales de Herguijuela de la Sierrra y Sotoserrano continuando por él hacia el norte hasta el M. U. P. número 101, continúa por el límite este de dicho monte hasta contactar con el Arroyo de San Pedro del Coso, descendiendo por él hasta su confluencia con el río Francia.
Desciende, aguas abajo, por dicho río —incluyendo las zonas de servidumbre de ambas márgenes— hasta su confluencia con el río Alagón, ascendiendo por este último hasta poco antes del límite entre los términos municipales de Miranda del Castañar y Garcibuey, en donde continúa hacia el norte por un arroyo hasta su intersección con la carretera C—512 en las proximidades del punto kilométrico 1. Continúa por dicha carretera en dirección a Cepeda, incluyendo dentro del espacio el bosquecillo de madroños situado en las proximidades del punto kilométrico 2,5 (parcelas números 481 y 482 del polígono 4), hasta el río Francia.
Sigue, aguas arriba, por el río Francia hasta su intersección con la línea de término municipal que separa el T. M. de Nava de Francia con el T. M. de San Martín del Castañar, por el que continúa, y sigue por la que separa el T. M. de Nava de Francia con el T. M. de Cereceda de la Sierra, por la que separa el T. M. de Cereceda de la Sierra con el T. M. de El Cabaco hasta su intersección con la carretera comarcal 515, por la que continúa hasta el punto inicial de partida. Se excluyen del espacio protegido los cascos urbanos de El Cabaco y El Maíllo.
Téngase en cuenta que se amplia el ámbito territorial, incluyendo la totalidad del término municipal de San Martín del Castañar, según establece el art. 3 de la Ley 16/2008, de 18 de diciembre. BOE-A-2009-815

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de diciembre de 2008 En vigor BOE-A-2009-815 Leer Qué cambió
20 de julio de 2000 Texto original Leer

← Disposición final sexta Índice