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Legislación › Ley 2/2000, de 23 de junio, de Cajas de Ahorro.

Artículo 72. Fines benéfico-sociales.

Artículo 72. Fines benéfico-sociales.

Las Cajas de Ahorro estarán obligadas a desarrollar programas de índole benéfico-social, asistencial o cultural en protección y ayuda de las necesidades populares.

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