Legislación › Ley Foral 6/2000, de 3 de julio, para la igualdad jurídica de las parejas estables.
Disposición transitoria.
Disposición transitoria.
Las disposiciones de esta Ley Foral se aplicarán, a partir de su entrada en vigor, a las parejas estables constituidas con anterioridad siempre que cumplan los requisitos establecidos en su artículo 2.


