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Legislación › Ley Foral 6/2000, de 3 de julio, para la igualdad jurídica de las parejas estables.

Disposición transitoria.

Disposición transitoria.

Las disposiciones de esta Ley Foral se aplicarán, a partir de su entrada en vigor, a las parejas estables constituidas con anterioridad siempre que cumplan los requisitos establecidos en su artículo 2.

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