Legislación › Acuerdo de 26 de julio de 2000, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2000, de los Órganos de Gobierno de Tribunales.
Artículo 16.
Artículo 16.
La ejecución de los acuerdos dictados por las Salas de Gobierno corresponderá a las propias Salas, debiendo el Presidente velar por su cumplimiento.


