Legislación › Real Decreto 1643/2000, de 22 de septiembre, sobre medidas urgentes para la efectividad de la integración en un solo Cuerpo de Notarios y Corredores de Comercio Colegiados.
Disposición final única.
Disposición final única.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día 1 de octubre de 2000, salvo los apartados 1 y 2 del artículo 3, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".


