Legislación › Real Decreto-ley 10/2000, de 6 de octubre, de medidas urgentes de apoyo a los sectores agrario, pesquero y del transporte.
Artículo 8. Exención de ayudas públicas al abandono de la actividad de transporte por carretera.
Artículo 8. Exención de ayudas públicas al abandono de la actividad de transporte por carretera.
Se añade una nueva letra d) al apartado 1 de la disposición adicional vigésima segunda de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias, en los siguientes términos:
«d) La percepción de las ayudas al abandono de la actividad de transporte por carretera satisfechas por el Ministerio de Fomento a transportistas que cumplan los requisitos establecidos en la normativa reguladora de la concesión de dichas ayudas.»


