Legislación › Real Decreto 1661/2000, de 29 de septiembre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Administración Pública.
Artículo 8. Régimen de personal.
Artículo 8. Régimen de personal.
El personal funcionario o laboral del Instituto Nacional de Administración Pública se regirá por la normativa sobre función pública y legislación laboral aplicable al resto del personal de la Administración General del Estado.


