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Legislación › Real Decreto 1661/2000, de 29 de septiembre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Administración Pública.

Artículo 8. Régimen de personal.

Artículo 8. Régimen de personal.

El personal funcionario o laboral del Instituto Nacional de Administración Pública se regirá por la normativa sobre función pública y legislación laboral aplicable al resto del personal de la Administración General del Estado.

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