Legislación › Ley 4/2000, de 25 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda.
La cuantía de las sanciones económicas previstas se podrá actualizar reglamentariamente por el Gobierno de La Rioja, en función de la variación del Índice de Precios al Consumo.
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