Legislación › Real Decreto 1952/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT).
Artículo 13. Ámbito de gestión y apoyo técnico.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de septiembre de 2005 y la del 9 de junio de 2010.
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Artículo 13. Ámbito de gestión y apoyo técnico.
1. Dependerán de la Dirección General del CIEMAT las siguientes unidades de servicios técnicos y de gestión, con rango de subdirección general:
a) La Secretaría General, Subdirección General de Relaciones Institucionales y Transferencia del Conocimiento, que asumirá las funciones de la secretaría del Comité de Dirección Consejo Rector del CIEMAT, y a la que corresponderán los siguientes cometidos: corresponderá el establecimiento y la potenciación de las relaciones con otras instituciones nacionales, organismos de investigación y empresas participadas por el CIEMAT; el desarrollo y apoyo a las relaciones con otras instituciones internacionales, con especial atención a la Unión Europea, los organismos europeos de
1.º El desarrolloinvestigación y desarrollo y de investigación, los de países iberoamericanos y del Mediterráneo. el
2.º La promoción de todas las actividades internas que, aunque afecten a otros departamentos, son competencia de la Dirección General: información científica, educación y transferencia de tecnología, la prospectiva, la planificación estratégica yseguimiento de proyectos, Mediterráneo, así como el Laboratorio de Referencia de Radiaciones Ionizantes, la Unidad apoyo en estos campos al resto de Salud Laboral, la protección radiológica institucional las unidades del centro, CIEMAT; y la política tramitación de calidad acuerdos y el mantenimiento general del organismo. convenios y de
3.º La coordinaciónlos asesores aportaciones internacionales. También será responsabilidad de esta Subdirección General la Dirección General, del gabinete jurídico y Oficina de los comités relacionados con la mejora Transferencia de las instalaciones del centro. Resultados de la Investigación.
b) La Subdirección General de Administración y Personal, Secretaría General, a la que corresponderá: corresponderá la administración general y la gestión de los
1.º Laasuntos relativos a servicios generales, del régimen jurídico, situaciones administrativas, habilitación interior y régimen sancionador del personal patrimonio del organismo. Organismo; la planificación y gestión de la política de recursos humanos
2.º Ladel organismo y las relaciones con organizaciones sindicales. la prevención de
3.º El análisisactividades riesgos laborales; la gestión y puestos de trabajo, con propuestas de modificación, supresión e incorporación de Éstos. ejecución presupuestaria, financiera y
4.º El desarrollomejora contable; la contratación de obras, bienes y servicios; la calidad coordinación de los recursos humanos del organismo, mediante acciones formativas. asuntos jurídicos y tramitación de
5.º La gestiónservicios los proyectos de régimen interior del organismo. disposiciones normativas y de
6.º La elaboración del anteproyectopresupuesto convocatorias de ayudas; la elaboración del organismo. programa editorial y
7.º La gestión financieracontable del presupuesto. gestión de las publicaciones oficiales; el estudio y
8.º Lacontratación tramitación de bienes las propuestas de resolución de recursos administrativos, revisiones de oficio y servicios. reclamaciones.
c) La Subdirección General de Seguridad y Mejora de las Instalaciones del CIEMAT, a la que corresponderá: corresponderá la vigilancia de la seguridad radiológica y convencional del
1.º La dirección y supervisión en el ámbitoorganismo. Centro y
2.º La organizacióngestión del servicio de protección radiológica externa al centro. sus instalaciones nucleares y
3.º La planificacióncoordinación de las actividades relacionadas con la mejora de radiactivas, tanto las instalaciones del centro, que se encuentran en particular todas las relativas al Plan integrado operación como en fase de mejora desmantelamiento. Asimismo, le corresponde la dirección de las instalaciones del CIEMAT, proyecto PIMIC. actividades de
4.º Vigilar la correcta gestiónlos recursos instrumentales, económicos y humanos asignados a su Subdirección General, así como su mantenimiento rehabilitación y mejora. desmantelamiento de
5.º Coordinar los cometidos asignados a su Subdirección General, así como efectuar el seguimientolas actividades encuadradas instalaciones en ella para su informe al Comité de Dirección. parada segura y obsoletas.
d) 2. La Intervención Delegada en el CIEMAT, con el rango que se determine en la relación de puestos de trabajo, estará adscrita al Director General del organismo, sin perjuicio de su dependencia funcional de la Intervención General de la Administración del Estado.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de junio de 2010 En vigor | BOE-A-2010-9105 | Leer | Qué cambió |
| 24 de septiembre de 2005 | BOE-A-2005-15678 | Leer | Qué cambió |
| 3 de diciembre de 2000 | Texto original | Leer |


