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Legislación › Real Decreto 1912/2000, de 24 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local.

Artículo 2. Fines esenciales de la organización colegial.

Artículo 2. Fines esenciales de la organización colegial.

Son fines esenciales de la organización colegial de los Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local:

a) La colaboración con las Administraciones públicas competentes para la ordenación de la profesión y el apoyo y mantenimiento de su correcto ejercicio por parte de los colegiados ;

b) la representación de la profesión y de los intereses de los colegiados, especialmente en sus relaciones con las Administraciones y poderes públicos, y

c) la defensa de los intereses corporativos de los mismos.

El ejercicio por la organización colegial de estos fines esenciales se entiende sin perjuicio de la competencia de las Administraciones y poderes públicos por razón de la relación funcionarial, así como de lo establecido en la Ley 9/1987, de 12 de junio, de Órganos de Representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones públicas.

Redactada la letra b) conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 306, de 22 de diciembre de 2000. BOE-A-2000-23506

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