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Legislación › Real Decreto 1888/2000, de 22 de noviembre, por el que se establecen las condiciones de sanidad animal aplicables a los intercambios intracomunitarios y las importaciones de aves de corral y de huevos para incubar, procedentes de países terceros.

Disposición adicional primera. Títulos competenciales.

Disposición adicional primera. Títulos competenciales.

La presente disposición se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.10.a y 16.a de la Constitución, que atribuye al Estado las competencias exclusivas en materia de comercio exterior, sanidad exterior, bases y coordinación general de sanidad, respectivamente.

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