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Legislación › Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Disposición derogatoria única.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de enero de 2001 y la del 21 de diciembre de 2003. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (59 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición derogatoria única.
1. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a esta ley y, en especial, el apartado 4 del artículo único del Real Decreto 864/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la presente Ley. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre.
2. Queda igualmente derogado el apartado D del artículo 5.III de la Ley 7/1987, de 29 de mayo, de tasas consulares.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de diciembre de 2003 En vigor BOE-A-2003-21187 Leer Qué cambió
23 de enero de 2001 Texto original Leer

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