LexTotal

Legislación › Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Artículo 88. Gastos por desconexión y reconexión.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de enero de 2001 y la del 12 de febrero de 2026. Tachado: lo que se quitó (54 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 88. Gastos por desconexión y reconexión.
Los gastos que origine la suspensión del suministro serán por cuenta de la empresa distribuidora y la reconexión del suministro, en caso de corte justificado, será por cuenta del consumidor o sujeto cualificado, que deberá abonar una cantidad equivalente al doble de los derechos de enganche vigentes como compensación por los gastos de desconexión. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de febrero de 2026 En vigor BOE-A-2026-3212 Leer Qué cambió
16 de enero de 2001 Texto original Leer

← Artículo 87 Índice Artículo 89 →